La Ley de Segunda Oportunidad (LSO) regula un procedimiento que permite a las personas físicas (particulares y autónomos) liberarse total o parcialmente de sus deudas cuando se encuentran en una situación económica complicada. A través de lo que se conoce como Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).

El mecanismo de segunda oportunidad está regulado en el ordenamiento jurídico español desde 2015, pero la LSO fue sometida a reforma en 2022 para adaptarla a los criterios europeos y ajustarla a lo que la jurisprudencia del Tribunal Supremo había determinado sobre ciertos tipos de deudas.

Funcionamiento de la Segunda Oportunidad

Las personas sobrendeudadas que están en una situación de insolvencia actual, en la que tienen varios acreedores y ya han dejado de pagar algunos de los plazos vencidos, pueden solicitar el BEPI o cancelación judicial de sus deudas.

El procedimiento actual es más ágil que el regulado en un primer momento, y ya no es necesario intentar obligatoriamente alcanzar un acuerdo de pagos con los acreedores. Quien cumple los requisitos para acogerse a la Segunda Oportunidad, puede plantear directamente su petición de BEPI ante el Juzgado de lo Mercantil.

El deudor insolvente puede elegir entre dos opciones. Cancelación total de sus deudas previa liquidación de todo su patrimonio, o cancelación parcial de deudas con establecimiento de un plan de pagos para aquellas que subsistan.

En la primera opción el deudor pierde todos sus bienes (vivienda, vehículos, joyas…) y si, después de liquidarlos todavía queda algo pendiente de pago, esas deudas quedan canceladas.

En la segunda opción el deudor puede conservar ciertos bienes, generalmente su vivienda habitual, y liquidar el resto. En el caso de los autónomos, la LSO determina que estos pueden conservar los bienes afectos a su actividad, como la furgoneta que emplean para prestar servicios o los equipos informáticos.

Solicitada una exoneración parcial, el  juez determinará qué porcentaje de las deudas que subsistan puede asumir el solicitante de la Segunda Oportunidad. Cancelará aquellas que sean inasumibles para él y, respecto al resto, establecerá un plan de pagos a 3 o 5 años.

Deudas con Hacienda y la Seguridad Social

En la versión original de la LSO se excluían del BEPI las deudas que una persona pudiera tener con Hacienda o con la Seguridad Social, sin tener en cuenta su importe. El Tribunal Supremo se manifestó en contra del carácter privilegiado de los créditos a favor de estas Administraciones, y la nueva regulación ha tenido en cuenta su jurisprudencia.

Con la nueva LSO, el BEPI también se aplica respecto a las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social, pero está limitado incluso en el caso de petición de exoneración total. Solo es posible cancelar 10.000 euros con Hacienda y otros 10.000 euros con la Seguridad Social. Si la deuda es mayor, el resto subsistirá y se establecerá para su abono un plan de pagos viable que el deudor pueda asumir.

Requisitos para acogerse a la LSO

  • El deudor debe ser una persona física, particular o autónomo.
  • Debe existir más de un acreedor.
  • El deudor tiene que estar en situación de insolvencia.
  • La suma total de lo debido no puede exceder de 5 millones de euros.
  • El solicitante no puede tener antecedentes penales por delitos socieconómicos o contra el patrimonio.
  • Ser deudor de buena fe.
  • No haberse sometido al proceso de Segunda Oportunidad u otro similar en los 10 años anteriores a la solicitud.
  • No haber rechazado una propuesta de empleo en los 4 años anteriores.

Un procedimiento más ágil y rápido

Al eliminarse la obligación de tener que intentar un acuerdo de pagos con los acreedores, el procedimiento de Segunda Oportunidad se vuelve más barato para el deudor, que ya no tiene que asumir el coste del Notario y el mediador que debían intervenir necesariamente en esa negociación.

La eliminación de la fase de negociación hace que el proceso se vuelva más rápido, restando varios meses a la tramitación. Algo a lo que también contribuye el cambio de competencia para conocer de él, que ha pasado de los Juzgados Civiles a los Mercantiles, cuyo volumen de trabajo no es tan elevado.

La nueva regulación señala que los procesos deben resolverse en un plazo máximo de 12 meses desde que se presenta la solicitud. El tiempo real de resolución dependerá en cada caso concreto de la complejidad que revista el asunto, pero la media está en torno a los 6 o 7 meses.

Una vez presentada la solicitud, todas las acciones iniciadas por los acreedores para intentar cobrar su crédito quedan en suspenso hasta que se resuelva sobre la Segunda Oportunidad. Las deudas dejan de sumar intereses de demora, se paralizan los procedimientos de ejecución que pudieran estar en marcha, y las agencias de recobros y registros de impagados tienen que dejar de llamar para reclamar la deuda.

Inicio del procedimiento de Segunda Oportunidad

Quienes cumplan los requisitos para pedir el BEPI deben presentar su solicitud ante el Juzgado Mercantil que corresponda a su domicilio. A la petición hay que acompañar todos aquellos documentos que acreditan la existencia de las deudas y el estado de las mismas. Tratándose de un procedimiento legal, el deudor tiene que estar asistido por un abogado.

Casos reales de la efectividad de la LSO

Exoneración de una deuda de 45.000 euros

Un pensionista de Motril (Granada) ha conseguido que el juzgado le exonere totalmente del pago de una deuda de 45.000 euros procedente de 25 microcréditos que había ido pidiendo de forma sucesiva para hacer frente a diversos pagos.

Los altos intereses que se aplican en este tipo de préstamos provocaron que la deuda creciera rápidamente, poniendo al deudor en una difícil situación económica. Este decidió pedir la Segunda Oportunidad, y consiguió que el juez le liberara totalmente de su deuda e incluso le permitiera quedarse con su vehículo, que estaba en riesgo de ser embargado.

340.000 euros exonerados a un matrimonio

Un matrimonio de Mejorada del Campo (Madrid) había acumulado una deuda de 340.000 euros. En 2007 compraron una vivienda y se quedaron sin trabajo en mitad de la crisis. Para seguir pagando la hipoteca y otros pagos se endeudaron con préstamos y tarjetas de crédito, hasta que la deuda se hizo totalmente inasumible.

Tras presentar su petición de Segunda Oportunidad, han liquidado todos sus bienes y han conseguido quedar totalmente liberados de todo lo que debían.

Publicado en estrelladigital.es