Una pensionista de Güímar ha sido exonerada de pagar una deuda de más de 37.000 euros que acumuló cuando sus ingresos habituales se redujeron drásticamente tras un accidente laboral que derivó en una incapacidad permanente.

El despacho especializado Canarias Sin Deuda ha llevado a cabo la tramitación del proceso que ha concluido con la cancelación de la totalidad de las deudas adquiridas por un préstamo personal al que tuvo que recurrir para poder pagar sus gastos del día a día, que se incrementaron por los tratamientos de su lesión.

La situación de insolvencia de Carmen García, que convive con su madre a la que ayuda en los gastos diario, se originó a partir de un accidente laboral que ocasionó una reducción de ingresos del 55%. Consideró que sería una situación transitoria y que podría recuperarse. Sin embargo, su salud no mejoró y acabó derivando en una incapacidad permanente total, que la dejó con unos ingresos de 891 euros mensuales.

Entre el problema de salud que le causó gastos adicionales, la reducción de ingresos y algún gasto extraordinario que le surgió durante ese periodo, esta mujer se vio obligada, para atender sus obligaciones financieras, a contratar préstamos que luego no pudo pagar.

Tras la cancelación de sus deudas Carmen explica que la Ley de Segunda Oportunidad supone un nuevo comienzo en su vida: “Al principio, me supuso recuperar demasiada información, pero me lo planteé y desde Canarias Sin Deuda el servicio ha sido muy bueno. A cualquiera que esté en mi situación le digo que no se lo piense, que no tenga miedo porque funciona”.

La gestora del departamento jurídico de Canarias Sin Deuda, María Medina, y la asesora legal, Ana Beatriz Nunes, explican que tras estudiar el caso de Carmen, vieron que cumplía todos los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad: “Su situación es un ejemplo de vulnerabilidad tras haber sufrido un accidente laboral, que derivó en una incapacidad permanente, por lo que vio reducido sus ingresos más de la mitad y derivó en una situación insostenible por no poder hacer frente a un préstamo personal que había adquirido previamente”.

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