Una vecina de San José de La Rinconada ha visto como la justicia le ha exonerado de los 71.922,30 euros que debía, entre otros, a la Seguridad Social tras acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. C. A. ha conseguido, además del perdón de sus deudas, ganar la batalla frente a la Seguridad Social.

La mujer se vio obligada en 2003 a ayudar a su padre con el negocio familiar de siembra y recolección de verduras, que fue bien hasta 2008. Los problemas comenzaron a surgir cuando los principales clientes dejaron de pagar las facturas, creando así graves problemas de tesorería. Esto sumado a que los bancos empezaron a cortar la financiación por la crisis, hicieron que el negocio quebrara, quedando la sevillana como responsable de pagar.

Como en los años siguientes no podía afrontar los pagos con la Tesorería General de la Seguridad Social y los bancos, perdió su vivienda en 2022 y, como la misma protagonista reconoce “tiró la toalla” y dejó de confiar en poder solucionar su economía ella sola.

Llegado este punto, en 2022 contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especialistas en ayudar a personas insolventes. Estos profesionales fueron los que estudiaron su caso y aconsejaron a la deudora acogerse a la llamada Ley de la Segunda Oportunidad.

A pesar de las dudas de este vecina acerca de si se le concederían la exoneración de la deuda pendiente por los impagos de seguros sociales, Pepe Domínguez, letrado de la asociación, contando ya con sentencias favorables en casos similares, fue y es tajante al respecto: “los tribunales cada vez son más conscientes de que los créditos públicos se deben incluir en el mecanismo de segunda oportunidad, si no, este instrumento no cumpliría los objetivos que nos marca la Unión Europea con él”.

Los pasos que se han seguido

El primer trámite ha sido comunicar al Juzgado de Primera Instancia de Sevilla la situación del interesado mediante un “preconcurso de acreedores”, iniciando así un período de negociación.

Esto era una utopía teniendo obligaciones de derecho público, debido a la negativa inicial de estas Administraciones a dar facilidades de pago. Como bien detalla Pepe Domínguez: “Lo primero que piden Hacienda y Seguridad Social antes de permitir el fraccionamiento de la deuda, es un pago íntegro que asegure al menos una cuarta parte de lo que se debe. Inasumible para todo aquel que esté en esta situación”.

Por ello, el objetivo directamente fue solicitar concurso de acreedores en el Juzgado de lo Mercantil de Sevilla para la condonación de las deudas. Acreditando fehacientemente que era un deudor de buena fe y que intentó pagar hasta donde pudo. Cumpliendo este requisito, el perdón definitivo de sus deudas quedaba casi asegurado.

Dicho y hecho, una vez comprobado estos presupuestos se dictó la resolución definitiva concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando a este deudor libre de pagar 71.922,30 euros. Lo único que sí queda vivo tras el proceso es una pequeña parte a pagar a la Seguridad Social. Esta se abonará en este caso por el ya ex-deudor en diferentes cuotas mensuales . Tras esto, sí que quedará libre completamente.

Con esta sentencia los acreedores del concursado, no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos a esta autónoma. Puede empezar a invertir y financiarse sin miedo a embargos, solo preocupándose de cumplir con los pagos voluntariamente pactados con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Ya son varios los casos de Ley de la Segunda Oportunidad en Andalucía llevados por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. El procedimiento sigue creciendo en importancia y popularidad, sobre todo en autónomos. En lo que llevamos de 2023 se han superado los números de concursos de acreedores para pequeños empresarios de todo el 2022. Todas las sentencias de la entidad son de acceso gratuito en la web.

Por el https://www.diariodesevilla.es/juzgado_de_guardia/actualidad/Perdonan-San-Jose-Rinconada-endeudo_0_1831917612.html